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Categoría · Autónomos

SER AUTÓNOMO
EN ESPAÑA

La guía que te explica qué hostias estás firmando, en lenguaje humano y con los números reales de 2026.

Calculadora 2026

¿CUÁNTO PAGO DE CUOTA DE AUTÓNOMO?

15 tramos TGSS actualizados. Introduce tu rendimiento neto mensual estimado.

Calculadora de cuota de autónomos 2026

Tu cuota mensual según ingresos reales y los 15 tramos vigentes de la TGSS.

1500€/mes
0€10.000€

Rendimiento neto = ingresos - gastos deducibles

Tabla de tramos 2026
Tramo de ingresosCuota/mes
Hasta 670€/mes205 €
670 – 900€/mes226 €
900 – 1.166,70€/mes267 €
1.166,70 – 1.300€/mes299 €
1.300 – 1.500€/mes302 €
1.500 – 1.700€/mes302 €
1.700 – 1.850€/mes359 €
1.850 – 2.030€/mes380 €
2.030 – 2.330€/mes400 €
2.330 – 2.760€/mes426 €
2.760 – 3.190€/mes452 €
3.190 – 3.620€/mes477 €
3.620 – 4.050€/mes503 €
4.050 – 6.000€/mes544 €
Más de 6.000€/mes605 €
Tu tramo
1.300 – 1.500€/mes
Cuota mensual
302 €
% de tus ingresos
20.1%
Al año cotizas
3620 €
🧾

La cuota es alta en relación a los ingresos. A medida que ganes más, el porcentaje baja. El sistema penaliza los ingresos bajos.

Valores de referencia 2026. Verifica en la web oficial de la TGSS o con tu gestor los importes exactos.

Cuota mínima por tramo = base mínima 2026 (Orden PJC/297/2026) × 31,4%. Sin tarifa plana ni bonificaciones. Verifica siempre en la web oficial de la TGSS antes de tomar decisiones. La cuota mínima aplica a autónomos con rendimiento neto mensual estimado inferior a 670€.

LO QUE NADIE TE EXPLICA ANTES DE HACERTE AUTÓNOMO

En España, darse de alta como autónomo es un proceso de 30 minutos. Entender lo que estás firmando requiere, como mínimo, este artículo.

El nuevo sistema de cotización por ingresos reales

Desde 2023, la cuota de autónomo no es fija para todos. Depende de tus ingresos netos estimados. En 2026 hay 15 tramos: desde unos 205€/mes de cuota mínima para quienes ganan hasta 670€/mes netos, hasta unos 605€/mes para quienes superan los 6.000€/mes (bases mínimas de la Orden PJC/297/2026 y tipo del 31,4%). Al principio del año comunicas a la TGSS tu previsión de ingresos, pagas según esa previsión, y al año siguiente se regulariza la diferencia.

El truco: si has ganado más de lo previsto, la TGSS te cobra la diferencia. Si has ganado menos, te la devuelve. Por eso conviene afinar la estimación.

Los impuestos que nadie suma al calcular su tarifa

Como autónomo, tus obligaciones fiscales principales son: la cuota TGSS mensual, el IRPF trimestral (modelo 130, si no tienes retenciones), el IVA trimestral (modelo 303), y la declaración anual de la Renta. Pero hay más: modelo 347 (operaciones con terceros superiores a 3.005€/año), modelo 190 (resumen de retenciones), y modelo 390 (resumen anual de IVA).

Antes de fijar tu precio/hora o tu tarifa mensual, suma todos estos costes. Si facturas 2.000€/mes brutos, tu coste fiscal real puede ser 600–800€/mes entre cuota y retenciones. Lo que queda es tu beneficio.

Gastos deducibles: el dinero que te ahorras

La buena noticia: muchos gastos reducen tu base imponible del IRPF. Material de trabajo, software, formación relacionada con la actividad, teléfono (parcialmente), desplazamientos justificados, cuotas de asociaciones profesionales, y en algunos casos el alquiler del despacho o una parte del alquiler del hogar si trabajas desde casa con contrato de alquiler. Guarda todas las facturas. Todas. Sin excepción.

Guías · Autónomos

TODAS LAS GUÍAS PARA AUTÓNOMOS

1 artículo con datos reales de 2026.

Guía visual

CRONOGRAMA FISCAL DEL AUTÓNOMO 2026

Las fechas que no puedes olvidar. Ponlas en el calendario ahora.

Ene

M-130 M-303

IRPF T4 + IVA T4 del año anterior

Feb

M-190 M-347

Resumen retenciones + declaración anual op.

Mar

Sin obligaciones trimestrales

Abr

M-130 M-303

IRPF T1 + IVA T1 + inicio campaña Renta

May

Campaña Renta en curso

Jun

Campaña Renta (fin: 30 jun)

Jul

M-130 M-303

IRPF T2 + IVA T2

Ago

Vacaciones (fiscales también, casi)

Sep

Sin obligaciones trimestrales

Oct

M-130 M-303

IRPF T3 + IVA T3

Nov

Descanso fiscal antes del sprint final

Dic

M-390

Resumen anual IVA + cierre fiscal del año

Mes con obligación fiscal (plazo habitual: día 20 del mes)
Sin presentación trimestral

Importante: Los plazos exactos pueden variar según el año y si coinciden con festivos. El día 20 del mes siguiente al trimestre es la fecha habitual, pero verifica siempre en el calendario fiscal de la AEAT. Si el 20 cae en fin de semana o festivo, el plazo se amplía al siguiente día hábil. Esta guía es orientativa; ante dudas, consulta con un gestor o asesor fiscal.

¿Tienes dudas sobre la terminología fiscal?

Consulta nuestro diccionario financiero: cada término explicado sin MBA.

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